Oposición no recurrió al TC a tiempo: Orellana anota triunfo en reglamento para el aborto en tres causales

La normativa impulsada por el Gobierno que ahora podrá aplicarse, garantiza que las mujeres puedan acceder a esta prestación sin obstáculos, incluso si algunos profesionales son objetores de conciencia.

01-07-2025

📜 El 27 de mayo, se publicó en el Diario Oficial el nuevo reglamento sobre la objeción de conciencia en Chile, relacionado con la Ley 21.030 sobre interrupción voluntaria del embarazo. Esta ley regula tres causales: riesgo para la vida de la mujer, inviabilidad fetal y violación. El reglamento busca asegurar el acceso equitativo a esta prestación.


💡 El principal objetivo del reglamento es garantizar que la legítima objeción de conciencia de los profesionales de la salud no impida el acceso a la interrupción del embarazo, evitando que las mujeres tengan que recorrer largas distancias o cambiarse de ciudad para ejercer su derecho ya consagrado por ley.


🏛️ A pesar de que la oposición presentó cuestionamientos ante la Contraloría General de la República y presentó escritos para declarar la inconstitucionalidad del reglamento, no recurrió al Tribunal Constitucional (TC). El plazo para impugnar la normativa venció sin que se presentara ninguna acción, lo que permite que el reglamento se consolide como norma oficial.


🏥 Antonia Orellana, ministra de la Mujer y Equidad de Género, celebró la aprobación del reglamento, señalando: "Esto representa un triunfo para la salud pública. Desde que la ley comenzó a regir, hemos recibido numerosos testimonios de mujeres y niñas que han debido recorrer largos trayectos para encontrar un centro de atención."


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💬 La ministra Orellana recalcó que el reglamento cambiará esa realidad, garantizando que todas las mujeres puedan acceder a una atención oportuna, segura y eficiente, sin tener que enfrentar obstáculos o demoras debido a la objeción de conciencia de algunos médicos. También destacó el fuerte respaldo ciudadano a la ley, con un apoyo de 73% en diversas encuestas.


📑 El reglamento asegura que los establecimientos de salud informen visiblemente sobre los derechos que otorga la ley y actualicen sus protocolos de reasignación y derivación. Esto tiene como objetivo garantizar que las mujeres conozcan si el personal que las atiende es o no objetor de conciencia, para asegurar el acceso a la atención.


🚨 Sin embargo, el reglamento no elimina la objeción de conciencia, sino que establece que los hospitales públicos deben contar con personal suficiente que no se declare objetor. Esto garantizará que no se niegue el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo. Actualmente, en Chile, hay tres hospitales donde el 100% de los obstetras se declara objetor de conciencia.

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