La historia sin fin de Jorge Tocornal: Corte Suprema mantiene intacta su condena por violación, pese a retractación de su hijo
Para la Sala Penal del máximo tribunal la rectificación del hijo mayor del ex ejecutivo bancario fallecido en septiembre no es de una entidad suficiente como para revertir una sentencia firme y ejecutoriada. Tocornal pasó 9 años en prisión tras ser hallado culpable de delitos sexuales en contra de sus 2 hijos.
La Sala Penal de la Corte Suprema volvió a rechazar el recurso de revisión presentado por el ex ejecutivo bancario Jorge Tocornal —fallecido en septiembre— y confirmó que no revisará la sentencia que en abril de 2007 lo condenó a 13 años de cárcel tras ser hallado culpable de delitos de carácter sexual contra sus hijos.
La decisión ocurre pese a que en 2019, 3 años después de que Tocornal quedara en libertad condicional, su hijo mayor se retractó de las acusaciones contra su padre y reconoció que había mentido.
Este se trata del tercer intento infructuoso de su defensa ante el máximo tribunal del país para revertir su castigo.
Desde que fue condenado a una pena de cárcel por el delito de violación de su hijo mayor y por actos de connotación sexual en contra de su hijo menor, Tocornal —que cumplió 9 años preso en el Anexo Capitán Yáber y salió en libertad condicional en abril de 2016— siempre alegó su inocencia.
Durante su condena, el ex ejecutivo se mantuvo firme en no reconocer su culpabilidad ni mostrar arrepentimiento por los hechos que habría cometido según la Fiscalía. Su férrea postura lo llevó, en más de alguna ocasión, a rechazar los beneficios carcelarios de la libertad condicional, porque eso suponía reconocer su culpabilidad.
Por eso, desde la retractación de su hijo, Tocornal comenzó a tramitar en tribunales la revisión de su sentencia, sin conocer el éxito en su cruzada por probar su inocencia antes de su fallecimiento 3 meses atrás. Su defensa se ha basado precisamente en que el hijo mayor reconoció públicamente que nunca lo violó ni lo abusó, y que mintió en forma deliberada.
No obstante, el fallo de la Corte Suprema en su contra fue unánime y lo firmaron el ministro Leopoldo Llanos, la ministra (s) Eliana Quezada, el ministro (s) Roberto Contreras, la abogada integrante Pía Tavolari y el abogado integrante Eduardo Gandulfo.
Los argumentos de la Suprema
“El hecho o antecedente desconocido que se esgrime como fundamento de la revisión solicitada consiste en la declaración prestada ante un fiscal del Ministerio Público, el 22 de abril de 2025, de una de las víctimas, de iniciales J.A.L.P., hijo del recurrente, prestada en forma posterior a la dictación de la sentencia, en la que señala que los hechos por los que se acusó y posteriormente se condenó a su padre nunca sucedieron, explicando las circunstancias que lo llevaron a realizar el relato que luego mantuvo en el juicio oral”, comienza explicando el fallo.
El máximo tribunal estableció que “los hechos nuevos en que el condenado sustenta su acción vendrían dados por la declaración efectuada por una de las víctimas, la que permitiría –en su concepto- establecer su inocencia".
La Sala Penal clarificó que “para que la acción de revisión pueda prosperar se debe demostrar que el hecho se descubrió o que el documento apareció solo después de la sentencia cuya revisión se pretende, y ese nuevo antecedente debe ser de tal entidad, que su sola verificación en la especie bastaría por sí misma para establecer la inocencia del condenado Tocornal”.
Para los ministros la retractación no es un hecho con la fuerza necesaria para eliminar la condena: “La retractación de la víctima, quien señaló que las circunstancias expuestas en su declaración prestada en el juicio oral nunca acontecieron, y que solo fueron una invención para evitar castigos y reprimendas de su madre y así lograr una mayor atención de su parte, no cumple con el segundo de los presupuestos legales para el éxito de la revisión impetrada, esto es, constituir un nuevo antecedente que sea de tal entidad, que su sola verificación descarte un supuesto fáctico fundamental para el establecimiento de los hechos punibles atribuidos al condenado Tocornal o de su participación en ellos, en términos tales que justifiquen dejar sin efecto una sentencia condenatoria”.
Además, el tribunal destaca que para condenar a Tocornal los jueces del momento no solo consideraron como prueba el testimonio del hijo que ahora se retractó, sino las declaraciones de su otro hijo, de peritos que efectuaron exámenes a los ofendidos y de otros testigos.
Un testimonio en disputa
Jorge Tocornal fue detenido por la PDI en diciembre de 2005, luego de ser denunciado por su ex esposa, Carolina Pesce, quien lo acusó de haber violado a su hijo mayor y de cometer abuso sexual contra el menor.
Tras el juicio que lo condenó a 13 años de cárcel, el ex ejecutivo sostuvo continuamente que las acusaciones en su contra eran falsas y manipuladas, y apuntó a que su hijo mayor había sido presionado a incriminarlo.
Solo 3 años después de salir de prisión pudo escuchar de boca de su hijo que, efectivamente, nunca lo había violado ni lo obligó a realizar conductas de significación sexual. El joven admitió que mintió deliberadamente para no sufrir “la imposición de consecuencias negativas por parte de su madre hacia él y su hermano”.
Más aún, en abril de este año, nuevamente el joven se presentó en la Fiscalía Regional Metropolitana Oriente para retractarse otra vez e intentar revertir la suerte de su progenitor.
En esa oportunidad, J.A.L.P. expuso que, luego de la separación de sus padres, se sintió “insignificante, amenazado y en peligro”. En ese contexto, habría generado la mentira de los hechos de significación sexual de su padre como herramienta para evadir castigos que se le imponían.
Con la retractación sobre la mesa, la Defensoría Penal Pública -en representación de Tocornal- señaló que “no existiría prueba alguna” de los abusos y dedujo la tercera acción de revisión de la sentencia.
Como respuesta, el Ministerio Público esgrimió que tanto en tanto en las declaraciones de J.A.L.P. de 2019 como en la de este año, se advertía la presencia de varios de los factores de riesgo más significativos que, según la literatura especializada, inciden en los procesos de retractación de las víctimas: relación conflictiva con la madre; sentimiento de culpa y vergüenza por su declaración en el juicio; relación previa con la persona agresora y comentarios de sus compañeros de colegio que ponían en duda su relato.
“La verdad real la he tenido siempre y está plenamente confirmada con la retractación de mi hijo: no he abusado de nadie. Me falta la verdad jurídica y voy a pelear por ella hasta que la consiga“, manifestó el ex ejecutivo el año pasado, antes de fallecer debido a un cáncer.
Por su parte, tras el deceso de Tocornal, su ex esposa afirmó que la retractación de su hijo “se produjo bajo presiones, agresiones y actos de extorsión”.